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SANTO DOMINGO. — El Tribunal Constitucional (TC) reafirmó que los datos contenidos en el Registro de Control e Inteligencia Policial deben pasar al archivo histórico después de 10 años. La decisión se tomó en respuesta a una acción de habeas data contra la Policía Nacional.

Contexto y consecuencias

La norma establece que los datos del Registro de Control e Inteligencia Policial deben ser recategorizados como información no clasificada y remitidos al archivo de la Policía después de 10 años. El TC también recordó que la existencia de registros policiales internos no está prohibida, siempre que su utilización se limite a fines legítimos de investigación e inteligencia policial.

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La entrada caduca en 5:51am el martes, 2 marzo 2027

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