SANTO DOMINGO. — La Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) ha concedido un plazo extraordinario de 30 días a los propietarios de bancas de lotería, bancas deportivas y otros establecimientos de juegos de azar que operan sin regularización, para que voluntariamente declaren sus negocios ante las autoridades. Este ultimátum, emitido el 23 de octubre, busca integrar al sistema a miles de operadores que quedaron fuera del Plan Nacional de Regularización.
Incertidumbre Legal y Consecuencias Potenciales
La comunicación de la DGJA, sin embargo, ha generado interrogantes al no especificar la fecha exacta de vencimiento del plazo ni detallar las consecuencias legales para quienes no se acojan a la medida. Esta omisión es crucial, ya que la Ley 86-26, en su artículo 162, establece penas de uno a dos años de prisión y multas de tres a seis salarios mínimos del sector público para quienes operen juegos de azar sin la licencia correspondiente.
La Resolución 02-2026 complementa esta normativa, contemplando medidas de cierre y sanciones administrativas para los establecimientos que hayan iniciado operaciones fuera de los plazos legales y sin la debida autorización. Por otro lado, el artículo 190 de la misma ley otorga un período de 12 meses para la incorporación al Sistema Único de Registro a las bancas que ya operaban legalmente y a aquellas acogidas al plan de regularización inicial. La DGJA insta a la identificación, pero la falta de claridad sobre las condiciones aplicables a los declarantes voluntarios y las acciones contra los no respondedores mantiene a los operadores en un estado de incertidumbre.
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