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SANTO DOMINGO. — A pesar de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal dominicano en agosto de 2026, el Ministerio Público ha fundamentado parte de la acusación contra los imputados de la Operación Senasa 2.0 en el Código Penal de 1884. Esta decisión se debe a que los hechos investigados, que involucran 4,363 autorizaciones presuntamente fraudulentas por RD$41.1 millones, ocurrieron entre enero de 2021 y febrero de 2025, período en el que aún regía el antiguo código.

Irretroactividad de la Ley Penal: Un Principio Constitucional

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) ha calificado provisionalmente los hechos utilizando artículos del código de 1884 relativos a falsedad y uso de documentos falsos (147, 148, 150, 151), asociación de malhechores (265, 266) y estafa (405). Además, se incluyen imputaciones basadas en leyes especiales vigentes durante los hechos, como la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos. El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 74-25, que instituyó el nuevo Código Penal, el 3 de agosto de 2025, con un período de gracia de 12 meses antes de su entrada en vigor, y posteriormente modificado por la Ley 44-26. La Constitución dominicana, en su artículo 110, impide la aplicación retroactiva de leyes penales que perjudiquen al imputado, salvo que resulten favorables. La audiencia de medida de coerción contra los 25 nuevos imputados fue aplazada para el miércoles.

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La entrada caduca en 2:02am el lunes, 22 marzo 2027

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